A- de 2022
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante De Oficio Procesado Velilla Navas Omar Del Cristo·Demandado Velilla Navas Omar Del Cristo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Sincelejo (Sucre) y el Resguardo Indígena de Zenú de San Andrés de Sotavento Córdoba y Sucre.
Dicho conflicto se originó debido a la presunta comisión del delito de fabricación, tráfico y porte de armas de fuego o municiones, por parte de un integrante de el Resguardo Indígena de Zenú de San Andrés de Sotavento Córdoba y Sucre.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte procede a explicar y a verificar la acreditación de los elementos fundamentales para determinar la competencia de la Jurisdicción Especial Indígena, dando estudio a los factores subjetivo, territorial, institucional y objetivo.
Consiguiente al análisis, la Corte determina que no se acreditan los factores institucional y objetivo debido a que, la conducta por la cual se abrió la investigación es de especial nocividad para la sociedad mayoritaria, por la gravedad que representa para la seguridad publica; y porque no se acredita que el Resguardo Indígena precitado tenga la suficiente institucionalidad para proteger el derecho de las victimas y establecer sanciones efectivas.
Con base a lo anterior, la Corte decide remitir el expediente al Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Sincelejo para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado
- Cuarto. Penal del Circuito de Sincelejo (Sucre) y Resguardo Indígena de Zenú de San Andrés de Sotavento Córdoba y Sucre, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Cuarto. Penal del Circuito de Sincelejo (Sucre) es la autoridad judicial competente para conocer del proceso penal adelantado en contra de Omar Del Cristo Velilla Navas.
- SEGUNDO. REMITIR?el expediente CJU-1130 al Juzgado
- Cuarto. Penal del Circuito de Sincelejo (Sucre) para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Resguardo Indígena de Zenú de San Andrés de Sotavento Córdoba y Sucre y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.